Recientemente se dio a conocer la intención de reformar 9 leyes que están directamente ligadas al sistema de justicia penal en México, algunas de ellas son: la Constitución Política Federal, Ley de Amparo, Ley Nacional de Ejecución Penal, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, Código Penal Nacional, Código Nacional de Procedimientos Penales.

Debemos considerar que esta reforma no es menor, de hecho, es un retroceso al diseño original del sistema acusatorio adversarial. Entre las adecuaciones que se pretenden son:

  • Eliminar a los jueces que hoy se encargan de valorar la legalidad de la detención y de las pruebas.
  • Derogar el código nacional de procedimientos penales.
  • El arraigo para todos los delitos con la limitación de que no puede excederse por más de 40 días.
  • Se mantiene la facultad del ministerio público y de la policía de ordenar detenciones en flagrancia y en casos que se consideren “urgentes” con la condición de que las personas queden de inmediato a disposición de un juez. Estas detenciones sin orden judicial serán procedentes para todos los nuevos delitos que ya ameritan prisión preventiva oficiosa.
  • Se incorpora un nuevo concepto denominado “presunción de responsabilidad” que aplicará para toda persona que se niegue a que se le practiquen peritajes, lo que significaría que con ello acepta los posibles hechos que se le imputan.
  • Una modificación al artículo 16 constitucional busca eliminar la restricción que existe actualmente para poder solicitar a un juez la intervención de comunicaciones privadas en temas fiscales y electorales.
  • Se plantea una modificación a la fracción IX del artículo 20 constitucional el cual considera como nulas las pruebas obtenidas mediante la violación de derechos fundamentales. En su lugar se plantea que puedan ser consideradas válidas si hay atenuantes sobre su carácter de ilegalidad.
  • Restituir a las autoridades penitenciarias las facultades para determinar los traslados de las personas privadas de la libertad, sin necesidad de requerir para ello de la autorización de un juez, como ocurre actualmente.
  • También como requisito obligatorio el trabajo penitenciario para acceder a cualquier tipo de beneficio de preliberación.
  • Se propone eliminar la figura de vinculación a procesos que actualmente dictan los jueces de control, en su lugar se propone un modelo similar al que existía en el sistema mixto donde un solo juez puede ser el responsable de todo el proceso.

Se consideran algunas otras que abonarían a la procuración y administración de justicia como son:

  • La elaboración del primer código penal nacional del país.
  • La existencia del código penal nacional daría claridad a las definiciones de algunos ilícitos graves como los feminicidios, donde las cláusulas para tipificarlos varían hoy de estado a estado.
  • Se propone un presupuesto propio e independiente, para la Fiscalía General.
  • Cárceles especiales para policías, elementos de la fuerza armadas y de la guardia nacional que sean detenidos o procesados por la comisión de algún delito.

La justicia es un tema multifactorial, aun cuando contáramos con un el sistema de justicia penal perfecto, tienen que ver otros factores que influyen como la impunidad, la corrupción, la pobreza, la discriminación, la inseguridad, la violencia.

No hay sistema perfecto que soporte todos estos fenómenos, por lo que la propuesta es el diseño de políticas públicas integrales que atiendan estos fenómenos y con ello se incida en la procuración y administración de justicia. En tanto se siga concibiendo la justicia como un tema aislado no podremos ver resultados a mediano ni largo plazo.