El Tribunal Superior de Bogotá absolvió este martes al expresidente Álvaro Uribe Vélez (2002-2010) de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, al resolver la apelación presentada por su defensa contra la condena de 12 años de prisión domiciliaria que había sido impuesta en agosto pasado por la jueza Sandra Heredia, del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá.
El magistrado Manuel Antonio Merchán, ponente de la decisión, concluyó que la sentencia de primera instancia presentaba graves deficiencias metodológicas y probatorias, lo que impidió sostener la culpabilidad del exmandatario. Según explicó, el fallo previo carecía de rigor lógico en la valoración de testimonios y documentos, además de basarse en apreciaciones subjetivas y conclusiones sin respaldo probatorio.
“Deficiencias estructurales” en la condena
En la lectura del fallo, el magistrado Merchán señaló que la jueza Heredia no demostró la existencia de un propósito defraudatorio ni dolo determinante en las actuaciones de Uribe.
“La sentencia de primera instancia sustituyó el análisis probatorio por juicios retóricos sin sustento en los hechos concretos”, afirmó el magistrado, al considerar que la jueza incurrió en presunciones sin verificar ni precisar el impacto real de las supuestas irregularidades.
El Tribunal también advirtió que no hubo elementos corroborativos sobre la supuesta manipulación de cartas de internos ni pruebas que confirmaran una conducta ilícita por parte de Ángela Milena López, asesora señalada en el proceso. Su participación, apuntó Merchán, respondía a razones legítimas, como la asistencia técnica solicitada por los reclusos y la revisión de documentos que ellos mismos firmaron.
Sin pruebas de adoctrinamiento o manipulación
En uno de los apartados más contundentes, el Tribunal precisó que la jueza confundió la preparación legítima de testigos con un supuesto adoctrinamiento, sin establecer criterios diferenciadores entre ambas figuras.
“Las conclusiones no verificables se manifiestan en la presunción de irregularidad en la selección de abogados y en la calificación de subrepticia de la estrategia defensiva, sin soporte probatorio”, subrayó Merchán.
Con base en ello, el alto tribunal determinó que no existieron pruebas sólidas que demostraran que la actuación de Uribe o de sus abogados tuviera un propósito defraudatorio, y resolvió absolver al expresidente de todos los cargos.
















