El domingo 2 de junio será la fecha para las elecciones 2024, en la que -entre otros cargos- se elegirá al nuevo o la nueva titular del Poder Ejecutivo. La Ley Federal del Trabajo (LFT) obliga a los empleadores a entregar el tiempo necesario a sus trabajadores para salir a votar, e incluso establece una sanción específica por dicho incumplimiento.

Según la legislación laboral, las empresas que impiden a sus empleados acudir a las urnas, cuando esta actividad coincide con su horario laboral, pueden llegar a recibir una sanción que va de los 5,428 a los 162,855 pesos.

La multa, -al igual que otras sanciones laborales- se llegaría a fijar por cada trabajador afectado; en otras palabras, el monto se podría multiplicar por todos los empleados a los que se les hubiese negado el tiempo para salir a votar.

Ahora bien, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que es la autoridad encargada de fijar las multas a las empresas que incumplen con la normatividad, este procedimiento se ejecuta tras corroborar una violación al marco legal desde una inspección. Dicha vigilancia puede llegar de una denuncia anónima mediante el correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx.

Las personas que trabajen en la jornada electoral no pierden su derecho al sufragio. Sin embargo, los empleadores deberán organizarse con sus colaboradores para permitir que el personal participe.

“Se pueden establecer turnos escalonados o acordar con el personal, el que la entrada al trabajo sea horas después de la apertura de las casillas, o que la salida sea antes del cierre de éstas”, destaca para EL ECONOMISTA Estefanía Rueda, socia de la firma legal Littler.