La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó eliminar la prisión preventiva oficiosa en México.

Mediante un comunicado, la CIDH ordenó al Estado adecuar su ordenamiento jurídico en procura de adaptarlo a los estándares internacionales.

A parte de la prisión preventiva oficiosa se mencionó el arraigo domiciliario mediante la sentencia por el caso de Reyes Alpízar Ortíz y Daniel García Rodríguez.

Bajo ese contexto, la Corte Interamericana expresó que el Estado de México fue responsable de la violación de distintos derechos en dicho caso.

La Comisión Interamericana ordenó a México los siguientes puntos:

  • Excluir los antecedentes incriminatorios que se obtuvieron bajo tortura.
  • Revisar la pertinencia de mantener las medidas cautelares.
  • Terminar los proceso penales.

En un apartado acerca de las garantías de no repetición, la CIDH solicitó “la eliminación del orden jurídico interno la figura de la prisión preventiva bajo la figura legal del delito grave y la figura constitucional de prisión preventiva automática”.