Que una persona desaparecida, sea declarada como ausente legalmente para así dotar de certidumbre legal a sus familiares, es el objetivo de la iniciativa de Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas del Estado de Jalisco que está en discusiones en el Congreso de Jalisco.

De aprobarse esta iniciativa promovida por el diputado Héctor Pizano, las personas que podrían solicitar la Declaración de ausencia serían las personas que tenga relación afectiva con la víctima de desaparición; un Asesor Jurídico; la Procuraduría de protección de niñas, niños y adolescentes;

Este estatus se podrá solicitar a los 30 días naturales después de haber presentado la denuncia de desaparición. Además, si existe alguna situación que haya impedido presentar la denuncia, se podrá solicitar a los 30 días naturales que se tuvo conocimiento.

Tras el levantamiento de la solicitud, las autoridades contaran con 5 días para informar sobre el proceso. Se deberá otorgar un traductor o intérprete si es que se necesita.

La declaración también aplicará para los extranjeros, en este caso se contactará al país de origen.

El Juzgado ordenará que se publiquen los edictos en el Periódico Oficial y en al menos un periódico de amplia difusión en el Estado, los cuales gratis para los familiares. (La omisión Ejecutiva deberá asumir el pago de los periódicos de amplia difusión)

Transcurridos 15 días naturales desde la fecha de la última publicación de los edictos, sin noticias el Juzgado deberá resolver.

Entre los Efectos mínimos están el Reconocimiento de la ausencia por desaparición de la persona y la continuidad de su personalidad jurídica; la Conservación de la patria potestad; la Protección de bienes adquiridos a crédito; Permitir que las personas beneficiarias de un régimen de seguridad social continúen con los beneficios; así como la suspención de forma provisional los actos judiciales, mercantilesciviles o administrativos.

La declaración  de ausencia deberá establecer las medidas de protección de los derechos laborales y de seguridad social. Si son servidores públicos contarán con 6 meses con goce de sueldo.

Entre los beneficios de la iniciativa está el hecho de que transcurridos seis meses de emitirse la declaración, los solicitantes podrá poner a la venta sus bienes.

La resolución de Declaración Especial de Ausencia no eximirá a las autoridades competentes, de continuar con las investigaciones.

Aunque la iniciativa aún sigue en discusiones en el legislativo jalisciense, se pretende que esta esté lista antes de que culmine el 2020.

En la propuesta exponen como el lamentable fenómeno de la desaparición de personas ha crecido exponencialmente en el país, y a pesar de que constituye una violación múltiple y permanente a los derechos fundamentales de las personas.

La iniciativa data del 2018 y fue presentada por los diputados Omar Hernández, Erika Ramírez, y Sergio Martín Arceo, en aquél entonces presentaron una reforma al Código Civil del Estado de Jalisco, la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Jalisco, la Ley de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco.