La militarización del país no es sorpresa. Desde el 2019 se había dispuesto en la Constitución que esto sucedería, señaló en entrevista con Rumbo MX, el doctor Javier Carrasco Rueda, académico de la Universidad de Guadalajara, experto en temas de derecho constitucional y seguridad pública.

“Esta militarización, que ha causado mucho escozor, a nivel constitucional no es tal, porque ya desde el 2019 se había dispuesto esta reforma para crear la guardia nacional y se había dicho desde entonces que el ejecutivo federal iba a poder emplear la fuerza armada permanente para temas de seguridad, sin necesidad de una reforma a la Ley posterior, o de cualquier otro instrumento”.

Lo que también se estableció en la Ley es que las fuerzas castrenses en las calles, estarán sujetas a la fiscalización extraordinaria, y deberán estar subordinadas, reguladas y actuar de manera complementaria, además de que tendrán que apegarse estrictamente al respeto de los derechos humanos.

El experto señala que interpretación es más bien política, pues para empezar habrá coordinación y no subordinación.

“El decreto tiene mas bien la idea de anunciar políticamente que las Fuerzas Armadas van a tener un papel más relevante. Si se lee el decreto que expidió el ejecutivo hace un par de días, ahí se señala que el Secretario de Seguridad Ciudadana, debe de ir a buscar la coordinación con los titulares de las fuerzas armadas, tanto secretario de la Defensa, como la Secretaría de la Marina. Incluso da un sesgo mas allá del tema constitucional muy poderoso, que dice “Ve y establece fórmulas de coordinación” en lugar de decirlo al revés, atendiendo al principio de constitucional de la reforma de hace poco mas de un año, que dicta el principio de subordinación a la autoridad de fuerzas armadas, pero subordinadas a la fuerza civil”. destacó.

En este punto, el especialista recuerda que desde la constitución ya se esboza que las fuerzas armadas responden a una subordinación de un poder público civil, por lo que destinarlas a una labor ajena a esta naturaleza tendrá que seguírsele el paso, debido a que, al hablar del ejército, la marina o la fuerza aérea, recordó que se está hablando de corporaciones de élite bien entrenadas pero en otros ámbitos.

“Hay que tener cuidado con lo comentarios simples, porque cualquiera va a señalar que no hay beneficios. Eso no significa que las fuerzas armadas sean, persé, negativas para la seguridad. Muy al contrario. Las fuerzas armadas, tanto de la Secretaría de la Defensa, como la Marina, son la última línea de la defensa de la Nación.

Y añadió:

Las fuerzas Armadas están para preservar la soberanía nacional, no para prevenir la comisión de delitos ni infracciones de carácter administrativo que afectan la seguridad pública. No lo digo yo, ya lo han repetido varios organismos internacionales de derechos humanos, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Básicamente el riesgo es que el personal de Fuerzas Armadas están preparados para enfrentar problemas de la seguridad nacional; en pocas palabras están formados bajo una doctrina que está regulada por el derecho internacional humanitario, técnicamente para los conflictos bélicos, o sea la guerra”.

En contra parte, los policías están formados para la proximidad, la prevención, y otras habilidades más cercanas a las personas. En todo caso, se trata de rutas profesionales distintas relata el académico.

“Las fuerzas de seguridad pública la integran personal que está capacitado, que tiene habilidades competencias profesionales para prevenir los delitos e infracciones que afectan el orden y la seguridad pública y que constituyen una afectación a la vida de las personas. De tal manera que se trata de rutas profesionales distintas, que exigen competencias profesionales distintas”.

México tiene un largo historial de violaciones a los derechos humanos en las comunidades por parte del ejército.Y esto tiene una explicación para el especialista, y es que los elementos aplican sus conocimientos y destrezas que deberían aplicarse en la Guerra o circunstancias excepcionales, en eventos comunes como una detención.

Cuando las fuerzas armadas se despliegan en tareas de seguridad pública es muy común ver que aplican sus destrezas profesionales de conflictos bélicos hacia la seguridad pública, lo que generalmente está asociado a muchos riesgos de provocar violaciones a los derechos humanos, como daños a la integridad física, la libertad, la seguridad jurídica, el trato digno, etc. No estoy diciendo nada nuevo, porque los principales fallos o sentencias que se han emitido por la corte interamericana de los derechos humanos con relación a México, muchas tienen que ver con las fuerzas armadas en la aplicación de labores de seguridad pública, en dónde se han acreditado violaciones a los derechos humanos, y es precisamente por eso, porque se aplican reglas del derecho internacional humanitario o de conflicto bélico a la organización y operación, cuando en realidad están actuando no en defensa de la soberanía, sino en tareas de seguridad pública”, describió.