José Vega Talamantes *

El Senado de la República no se me adelantó a mi entrega semanal, y es probable que aún debamos esperar algunas semanas para saber sobre quiénes recaerá la designación de dos comisionados que integrarán el pleno del INAI.

En mi entrega pasada le comenté que esta ocasión abordaría los aspectos con fachada de objetividad para evaluar a los aspirantes pero que, analizándolos, propiciarían la parcialidad en la designación.

En esos rubros encuentro el relativo a “Experiencia y habilidades en participación con cuerpos colegiados; así como participación en la generación de consensos e interlocución con diversos actores públicos, civiles y sociales.”.

¿Qué quiere el Senado al referirse a eso? Lo que quiere es seguir teniendo perfiles de operación política en el INAI, más que profesionales aptos por garantizar los derechos de acceso a la información y protección de datos personales.

Cuando se eligió la primera camada (que no es insulto si se utiliza la acepción que se da en Argentina a esta palabra) de comisionados del INAI, recuerdo que uno de los cuestionamientos que se hizo a algunos de los participantes fue, precisamente, el de la facilidad que tuvieran para operar políticamente.

Sin embargo, la Constitución Federal en ningún momento exige que para ser comisionado se deba tener roce político.

De hecho, no hay cosa más alejada de la naturaleza de un organismo ciudadano que exigir lo anterior. Pero para el Senado, de acuerdo a su cédula de evaluación, constituye un factor primordial, pues le brinda hasta 3 puntos a quien tenga “experiencia o habilidad en la generación de consensos, y en la interlocución con diversos actores públicos, civiles y sociales”.

Corrobora lo anterior que existe otro rubro a evaluar que se denomina “Habilidades en materia de negociación y resolución de conflictos”.

No es invento de un servidor: esto está en el acuerdo de las Comisiones Unidas de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana, y de Justicia, del Senado de la República, relativo al formato y metodología para la evaluación de las y los candidatos a ocupar el cargo.

Pero, en cierto sentido, aunque no es correcto, es lo normal: para el legislativo todo es política y provecho, y se vive en gran parte del conflicto, de manera que es impensable que un ciudadano tome una agenda pública, por lo que también hay que exigirle que le entre a la política si quiere formar parte del INAI.

Otro rubro muy cuestionable es el del plan de trabajo.

Dice la cédula de evaluación que en el plan de trabajo se debe abordar y explicar de manera sobresaliente conocimientos de las materias a desempeñar en el cargo; claridad, pertinencia y congruencia en sus objetivos; cronograma con los plazos precisos para el cumplimiento de sus objetivos y metas; enfoque de derechos humanos.

De verdad, ¿cree usted que si el Presupuesto del organismo garante es aprobado por la Cámara de Diputados con toda la discrecionalidad posible, se podrá respetar un plan de trabajo?

No obstante, hasta plazos se les exigen a los aspirantes, como si los objetivos se pudieran llevar a cabo sin los recursos suficientes, menos aún con un organismo garante que admitió recortes presupuestales desde 2019, para quedar bien con un Ejecutivo Federal que, de cualquier manera, no los quiere.

Por último, un aspecto adicional que analicé y que, incluso, hasta puede ser hilarante, es el rubro en que se cuestiona si el aspirante ha sido militante partidista.

Se aclara en ese rubro que “no tiene una valoración numérica ya que a las y los candidatos no se les puede prejuzgar por actos que no han cometido, o por pertenecer o no a una institución partidista, ya que en el marco en la materia no existe impedimento legal alguno para hacerlo…”.

O sea que, como la Chimoltrufia: como dijeron una cosa, dijeron otra.

Parece que quisieron decir que no es un factor que deba evaluarse. Entonces, ¿para qué insertarlo en una cédula de evaluación?

Ah, y ser militante no es un impedimento, según se dice en la cédula. Tienen razón en ello. Pero entonces, hay otros aspectos que tampoco tienen base constitucional, como el que le comenté de habilidades de negociación política, que sí pueden ser evaluados en perjuicio de los aspirantes. Y un plan de trabajo que puede ser nulificado por la cruda realidad.

Conclusión: los senadores están más preocupados por designar operadores políticos, que aspirantes serios y especializados en acceso a la información y protección de datos personales.

Si la designación de los comisionados del INAI no fuese algo tan serio, simplemente diría: qué risa con su cédula de evaluación.

 

 

* Licenciado en derecho y maestro en transparencia y protección de datos personales. Actualmente realiza estudios de doctorado.