Porque el Congreso invadió atribuciones del instituto Electoral y de Participación Ciudadana y porque las decisiones de los diputados vulneran principios de equidad democrática, los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidaron varios artículos de la Reforma Electoral de Jalisco aprobada de julio de 2020.
El proyecto de resolución fue presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo para anular varios aspectos.
Por ocho voto de los ministros se anularon los tiempos de campaña de 30 días de la Fracción VIII del Artículo 13 de la Constitución Política del Estado de Jalisco y por siete votos, la prórroga para arrancar el proceso en enero, que aparecía en el artículo tercero transitorio de la reforma.
“Al aprobar la modificación reduciendo la duración de campañas electorales a un máximo 30 días transgrede principios de igualdad, proporcionalidad y se transgrede el principio electoral como núcleo de la democracia y con el principio de relación entre relación política y participación ciudadana”, dijo Jorge Mario Pardo Rebolledo- Ministro de la SCJN”.
En el debate la ministra Norma Lucía Piña Hernández no estuvo de acuerdo con su homologo:
“Si se trata de una facultad legislativa y no operativa, no advierto que haya invasión a las competencias del instituto electoral local. La constitución establece la obligación de congresos locales de prever reglas a las que habrán de sujetarse las campañas y precampañas, por lo que no considero que el precepto impugnado al facultar al Congreso para establecer reducción a tiempo de campaña no contradice ninguna base constitucional ni invade facultades del instituto”.
Además, por once votos se invalidó el Artículo 13 Fracción IV inciso A de la Constitución de Jalisco, porque en Jalisco se estableció una fórmula de financiamiento para partidos inferior que viola la Ley General de Partidos Políticos, ya que en Jalisco querían calcular respecto al 20 %, en lugar del 65%.
Quienes presentaron juicios de inconstitucionalidad fueron los partidos Somos, Morena y PRD Jalisco, aunque en el caso del Sol Azteca se desechó porque la presentó el comité estatal y no el nacional, por lo cual está pendiente de resolverse un Recurso de Reclamación.