Por unanimidad, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el catálogo de reglas procesales e infracciones que regirán las elecciones judiciales del próximo 1 de junio, donde se establecen las obligaciones a las que estarán sujetos los candidatos a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrados y jueces.
Según lo aprobado, constituyen infracciones de los candidatos:
- Difundir propaganda electoral impresa en material distinto al papel (playeras, lonas o gorras con su nombre o imagen).
- Contratar espacios en televisión y radio.
- Difundir propaganda electoral que contenga expresiones que vulnere el interés superior de la niñez o que constituyan calumnia.
- Utilizar recursos públicos, en efectivo o en especie para su campaña.
- Llevar a cabo actos de campaña antes del periodo previsto.
Lo que sí pueden hacer los candidatos:
- Participar en foros de debate organizados por el propio Instituto o en aquellos llevados a cabo gratuitamente por el sector privado, público o social en condiciones de equidad.
- Pagar con sus propios recursos sus campañas electorales, sin llegar a exceder los topes de gasto que fijará el INE en las próximas semanas.
- Promocionarse en propaganda electoral impresa en papel biodegradable, reciclable y libre de sustancias tóxicas o nocivas para la salud o el medio ambiente.
El catálogo es claro al establecer que constituyen infracciones de los servidores públicos el uso de recursos públicos para fines de propaganda y promoción relacionados con los procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial; la utilización de programas sociales y de recursos públicos con el objetivo de coaccionar o inducir a la ciudadanía para votar a favor o en contra de cualquier persona candidata.















