Apenas la semana pasada fue aprobada la reforma judicial más amplia de que se tenga antecedente, desde la que cobró vigencia en épocas de inicio del mandato del ex presidente Ernesto Zedillo.
Si bien el poder judicial fue parte substancial de la reforma en materia de derechos humanos de 2011, sobre todo competencialmente, en esta ocasión es el principal protagonista de las modificaciones constitucionales.
En términos generales, hay algunos aspectos que denotan que los artífices de dicha reforma no tienen idea de lo que es el oficio judicial o jurisdiccional, pues es común que la visión de las cosas
desde una oficina y escritorio ajenos a ese oficio suele hacerlas ver más fáciles.
También hay aspectos que denotan la tristemente inamovible actitud de quienes detentan el poder en este país: “hágase la voluntad en los bueyes de mi compadre”.
La Suprema Corte de la Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal conservan para sí la libre elección de los trabajadores de su adscripción, pero impondrán requisitos mucho más exigentes de ingreso y permanencia a los funcionarios de órganos jurisdiccionales (juzgados y tribunales).
Para quienes gustan de hacer cruces de información de acomodo de personal en diversas oficinas por parte de personajes políticos, me imagino que podrán seguir teniendo material al respecto.
Otros rubros son meramente cosméticos. Como cuando se habla de modificar la expresión “contradicción de tesis” por la de “contradicción de criterios”, que finalmente se refieren a la
actualización de al menos dos criterios contrapuestos, que alguna autoridad superior habrá de definir para ver cuál de ellos prevalece, o si ninguno de ellos debe prevalecer.
Así, es una reforma de gran calado y no a la vez, pues puede decir mucho, pero en ciertos aspectos solamente existirá un reacomodo semántico y de organización interna, como la regionalización de los plenos que decidirán esas contradicciones de criterios.
Sin embargo, me parece también que, de llevarse a la práctica, algunos de sus postulados pueden traer un gran beneficio a usuarios del Poder Judicial de la Federación y a sus propios integrantes, sobre todo por las implicaciones orgánicas que podrían traer.
A guisa de ejemplo, me gustaría plantear en forma sucinta algunos de ellos:
- 1.- El mejoramiento de las bases de la carrera judicial en sede de formación judicial. Me parece adecuado que lo referente a formación de funcionarios judiciales, incluidos jueces y magistrados y sus procesos de selección, se traslade a la Escuela Federal de Formación Judicial que se creará
(que en gran parte estoy seguro que recogerá el trabajo del actual Instituto de la Judicatura Federal).
De tal manera, este aspecto que yo llamaría educacional-formacional se deja a una institución acorde a esas funciones que probablemente tendrá como efecto, pudiera, incluso, restarle la burocracia que pudiera tener en el Consejo de la Judicatura Federal.
- 2.- La revisión de la constitucionalidad de las decisiones que se tomen con respecto a jueces y magistrados.
Curiosamente, los jueces y magistrados habían sido olvidados por cuanto al derecho que tienen a que las decisiones que se tomen con respecto a su adscripción, ratificación y remoción, sean confrontadas con las disposiciones constitucionales.
Los jueces y magistrados también tienen los derechos humanos reconocidos en la constitución, de modo que esa posibilidad que se les da con la reforma abona a terminar con una exclusión vergonzosa, por decir lo menos.
- 3.- Se descargan las labores de legalidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La realidad es que el mal llamado “tribunal constitucional” se encuentra con una sobre carga de trabajo tremenda que le impide atender funciones de un tribunal como tal.
En tal sentido la reforma delimita las atribuciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al centrarlas en tópicos meramente constitucionales, para evitarle todo lo que tenga que ver con
cuestiones de legalidad.
Lo cierto es que la estructura orgánica del Poder Judicial de la Federación habrá de crecer y, por desgracia, la tendencia actual derivada de esa mal entendida “austeridad” está llevando a disminuir ese presupuesto, con la consecuente mediocridad que ello puede acarrear.
De tal manera, o se decide a incrementarle el presupuesto al Poder Judicial de la Federación para que se logre esa transformación, o se le apuesta a la mediocridad en la implementación de dicha reforma para seguir apoyando esa especie de austeridad que ya está ocasionando un gran daño en varias áreas.
* El autor es licenciado en derecho y maestro en transparencia y protección de datos personales. Actualmente se desempeña en el Poder Judicial de la Federación. Ha sido Director de Colaboración y Programas Interinstitucionales con las Entidades Federativas en el INAI y Director de Enlace Legislativo en SETEC, entre otros cargos.

















