Por unanimidad, este jueves el Senado mexicano aprobó, con algunas modificaciones, la “Ley Olimpia” con lo que acciones como el acoso, el hostigamiento y difusión de contenido de índole íntimo/sexual a través de redes sociales a fin de violentar a mujeres podrían ser tipificadas como delito y puedan ser acreedoras a sanciones.

La minuta aprobada por el Senado, contempla también todo tipo de agresión en contra de mujeres, niñas y adolescentes que se manifieste de manera digital.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, también llamada “Ley Olimpia“, incluye toda violencia en contra de las mujeres que se ejerza en los medios de comunicación.

Esta normativa establece que “la violencia digital es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación o autorización”.

La Ley Olimpia también considera sanciones a toda acción que genere un daño psicológico o emocional, ya sea en su vida privada o en su derecho a la propia imagen.

En cuanto a la modalidad de “violencia mediática” esta quedó definida en la Ley como aquél “acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida”.

Los legisladores acordaron incluir como agresiones a las acciones ya sea de difusión y producción en medios de comunicación con la finalidad de atentar en contra de la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas.

Las sanciones que podrán obtener las personas que incurran en este tipo de delitos ascienden hasta los 9 años de prisión o multas económicas por hasta 190 mil pesos.