Artículo de opinión de los abogados:
Sergio A. Villa y Gustavo Lozano

Muchos han sido los presidentes que han sido objeto de la aplicación de las “tácticas duras constitucionales” que se han tejido en algunas ocasiones por los operadores jurídicos del poder con objetivos que van más allá de lo justo o lo legítimo.

Particularmente en el radar latinoamericano parecieran estrategias de uso común: medidas democráticamente confeccionadas en nuestras constituciones, empleadas para quebrantar el propio orden constitucional democrático.

Pues bien, en otra temporada de “uso antidemocrático de los medios democráticos”, tenemos que Martín Vizcarra, presidente de la República del Perú, fue “vacado” mediante el empleo de estos artilugios constitucionales, sobre los cuales vale la pena reflexionar puesto que representan un potencial peligro para las democracias modernas cuando su uso es motivado por intereses privados o netamente partidistas.

No es un secreto que en nuestros tiempos la tolerancia mutua en la política se encuentra pasando por momentos delicados. Las reglas no escritas de la política a las que se refieren Steven Levitsky y Daniel Ziblatt en su célebre libro “¿Cómo Mueren las Democracias?” han sido rotas. Muchos políticos prefieren el sometimiento a sus fuentes de poder o atender sus intereses particulares antes que tejer finos consensos políticos armoniosos sobre las decisiones públicas que afectan a las personas.

Cada vez se vuelve más común que los políticos que pierden en cualquier tipo de esfera en la que se encuentren operando o compitiendo y tiendan a no aceptar los resultados o repercusiones de sus actos, pongan en marcha toda la maquinaria legal a su alcance para dar un revés a la situación o desplegar una venganza.

Con esto no tratamos de señalar que no puedan incoarse tantas acciones legales como consideren pertinentes para pretender la revisión de un acto de otra entidad de poder (mecanismos que los hay en todo América Latina), lo que tratamos de establecer es que las herramientas legales, en muchos casos, son empleadas de forma ilegítima con la finalidad de secuestrar instituciones o extorsionar en las componendas políticas.

En casos de gran importancia, se hace uso de los recovecos legales que prevén las Constituciones u otras leyes secundarias y con el empuje de los aliados políticos buscan desequilibrar la situación que no agrada a las cúpulas o a sus intereses. Así sucedió por ejemplo con Lula da Silva y otros personajes de la historia que estuvieron implicadas en estos procesos, entre acusaciones, actos ilegales, chismes políticos y quien sabe que tantas otras cuestiones.

El caso de Martín Vizcarra, que cabe aclarar, no se juzga sobre la pertinencia o no de su destitución, ni la del anteriormente citado, surge tras la denuncia de actos de corrupción cometidos cuando ocupaba un cargo público anterior, denunciados por varias personas ante el Fiscal del Perú. El Congreso de la República del Perú, desplegó los efectos del artículo 117 de su Constitución y de un plumazo, sin audiencia y defensa, partiendo de un concepto que no es unívoco y que representa muchos problemas de objetividad (incapacidad moral) provocó la vacancia de la silla grande del país andino, desconociendo que precisamente Vizcarra llegó a dicho puesto con la representación democrática de quienes lo eligieron mediante el sufragio constitucional.

Las preguntas surgen en este punto. Cuando el gobernante o funcionario es un tirano, un ser despreciable que, con el despliegue de las facultades constitucionales otorgadas y las metaconstitucionales, comete violaciones a los derechos humanos es claro y totalmente válido que se pongan en movimiento las tácticas constitucionales o legales duras que permitan la remoción del personaje, ¿pero y si no lo es?, ¿sí solo nos encontramos en una guerra política?, solo se deja a las personas en medio de luchas de poder que desgastan tiempo, recursos económicos y esfuerzos de los funcionarios implicados en detrimento del cumplimiento de sus funciones de modo eficaz sin soslayar la polarización que genera en la convivencia diaria de las personas.

El riesgo latente se encuentra en el obstáculo a la gobernabilidad que es el objetivo de este ariete legal que despliegan algunos políticos no desde la razón, sino desde las entrañas de la más oscura política y lamentablemente, parece que es un asunto relacionado a la ética de los implicados y desde luego de poder, por lo que una solución podría ser la misma que la de otros temas: acceso a la información efectiva, transparencia, constante análisis de lo que sucede en la vida pública, el criterio agudo personal, participación ciudadana en la vida pública y juzgadores con gran sentido social, que ejerzan el cargo con plena conciencia.

Ahora, no dejemos de estar atentos pues, en el sistema interamericano de protección de derechos humanos se encuentran casos pendientes de resolución relacionados con el empleo de medidas como estas, para deponer a representantes democráticamente electos, sin que estemos tratando de señalar que esas resoluciones que se aproximan sean la panacea, pero seguramente mitigaran en buena medida el uso faccioso de estas disposiciones constitucionales.