El Instituto Nacional Electoral (INE) mantiene suspendida la sesión para concluir la elección judicial, luego de una semana de receso sin consensos sobre los criterios constitucionales para validar los resultados. La disputa gira en torno a la interpretación del artículo que exige promedios mínimos en licenciatura y materias de especialidad para poder acceder a cargos dentro del Poder Judicial.
Hasta ahora, el INE ha entregado constancias de mayoría a 31 personas electas, entre ellas:
- 9 ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
- 5 magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ).
- 2 magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
- 15 magistraturas en Salas Regionales.
Sin embargo, aún quedan pendientes 850 cargos judiciales, principalmente correspondientes a jueces de Distrito y magistrados de Tribunales de Circuito, cuya validación está en pausa debido a la falta de acuerdos sobre los requisitos académicos.
El núcleo del desacuerdo: ¿Qué promedio es suficiente?
El conflicto estalló el pasado 18 de junio, cuando el Consejo General del INE detectó que varias candidaturas propuestas por la Dirección Jurídica no cumplían con el promedio mínimo de 8 en la licenciatura en Derecho, estipulado por la Constitución. Más grave aún, más de 30 personas electas no alcanzaban el promedio mínimo de 9 en materias de especialidad requerido para ciertos cargos.
Durante la discusión, Juan Manuel Vázquez Barajas, encargado de Asuntos Jurídicos del INE, propuso aceptar como válidos promedios de 7.9, argumentando que ese tipo de redondeo es común en el ámbito académico. Sin embargo, su propuesta fue rechazada por consejeras como Carla Humphrey, quien también señaló discrepancias en la clasificación de materias especializadas y cuestionó la validez de esos métodos.
Desde el receso declarado el 19 de junio, no se ha logrado reanudar la sesión. Aunque se esperaba retomarla el 25 de junio, las discusiones técnicas y legales siguen sin avances concretos.
Debates sobre la legalidad de suplencias y candidaturas inelegibles
Otra opción considerada es asignar los cargos a la segunda candidatura más votada, cuando la primera no cumple los requisitos constitucionales. Sin embargo, varios consejeros han advertido que esto podría contravenir el artículo 77 de la Ley de Medios de Impugnación, que establece la nulidad de la elección si la candidatura ganadora resulta inelegible. La situación se agrava cuando se analiza si este criterio también debería aplicarse a candidatos en funciones que obtuvieron pase directo a la boleta sin someterse al examen de elegibilidad académica.
Reacción del Ejecutivo y el futuro de la reforma electoral
La polémica se politizó aún más el pasado 24 de junio, cuando la presidenta Claudia Sheinbaum acusó al INE de extralimitarse al anular los votos de 818 casillas en la elección de ministros de la SCJN. En respuesta, anunció que presentará una nueva reforma electoral en septiembre, lo que reaviva el debate sobre la autonomía del INE y los mecanismos de elección judicial.

















