La secretaria de Gobernación expresó que la reforma establece la organización de una elección extraordinaria en 2025 para renovar a los jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial, en la cual podrán participar los funcionarios que ocupen actualmente el cargo, pero todo se realizaría bajo “igualdad de condiciones”.
En cuanto a los ministros de la Suprema Corte, de los del Tribunal de Disciplina y los magistrados del Tribunal Electoral, se elegirán a nivel nacional en las elecciones ordinarias, desde 30 candidaturas paritarias propuestas por los tres Poderes de la Unión mediante la siguiente manera:
- Poder Ejecutivo: hasta 10 candidaturas.
- Poder Legislativo: hasta 5 candidaturas por cada cámara y por mayoría calificada.
- Poder Judicial: hasta 10 candidaturas, a través del pleno de la Suprema Corte y por mayoría de seis votos.
Acerca de los mil 633 magistrados de Circuito y jueces de Distrito, los mismos se elegirán en cada uno de los 32 circuitos judiciales en las elecciones ordinarias, desde seis candidaturas paritarias por cargo, en otras palabras, dos propuestas por cada Poder de la Unión.
En ese sentido, del el proceso electoral, Alcalde destacó que el Senado será el encargado de verificar que las candidaturas cumplan con los requisitos de la ley y el Instituto de Elecciones y Consultas (INEC) se encargará de organizar la elección.
Por otro lado, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) deberá resolver las impugnaciones y declarará los resultados, salvo cuando se trate de sus propios integrantes, cuya resolución estará a cargo de la Suprema Corte.
Alcalde aprovechó la oportunidad y aclaró que, en caso de que tengamos ausencia definitiva de jueces, magistrados o ministros, el Senado designará por mayoría calificada a una persona interina para que ocupe el cargo hasta que se lleve a cabo la siguiente elección ordinaria.
Finalmente, el Ejecutivo propondrá la terna para magistrados del Tribunal de Disciplina y ministros de la Suprema Corte.