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A pesar de algunos avances en la legislación y a través de criterios jurisprudenciales para hacerlo más accesible, la propia naturaleza del juicio de amparo hace que sea demasiado técnico, no sólo en los conceptos que involucra, sino también en su trámite.

En este sentido, dentro del propio gremio de la abogacía no todos los juristas lo entienden y es común que muchos de los litigantes, al llegar al juicio de amparo, pierden toda oportunidad de ganar sus controversias, a menos que entre en su auxilio la suplencia de la queja.

Por lo mismo, no es raro escuchar servidores públicos, a veces de alto nivel jerárquico, que realizan pronunciamientos totalmente fuera de contexto cuando se refieren a una resolución de un tribunal de amparo que no le es favorable a la institución pública a la que representan.

El más reciente episodio de este tipo se dio el pasado viernes, con la declaración hecha por la Secretaria de Energía, respecto al juez federal que otorgó la suspensión contra todas las consecuencias del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica.

A este respecto, cabe mencionar que el propio Ejecutivo Federal realizó uno más de sus múltiples amagues desde la conferencia de prensa matutina con relación al mismo tema, pero no es a él a quien me referiré en esta columna.

Volviendo a la secretaria, el medio y la forma en el que ella se desenvuelve para “combatir” aquello con lo que no está de acuerdo, quedó demostrado al mencionar “Vamos a pedir una revisión al Consejo de la Judicatura sobre el actuar de este juez”.

Claro, es más fácil ir a “acusar” al juez con sus superiores jerárquicos, y generar toda una tendencia en redes a partir de ello, que proponerle a su área jurídica el desarrollo de un recurso de queja bien argumentado para combatir el auto que concedió la suspensión provisional de los actos reclamados.

Agregó la funcionaria que “podemos ser respetuosos del Poder Judicial”. Gran favor que nos hace con esa declaración. Qué bueno que el respeto está entre sus valores.

Luego, aunque muchas de las reacciones en contra de la servidora pública en mención se enfocaron en la defensa de la independencia, autonomía e imparcialidad judiciales (como ese algo etéreo que no tiene por qué entender todo ciudadano), mi enfoque estuvo en el juez que concedió la suspensión de los actos reclamados.

Antes que nada, permítame comentarle (para no obviar indebidamente), que para que un juez federal conozca de una demanda de amparo, dicha demanda debe presentarse en primer lugar ante una oficina de correspondencia común. Una vez presentada ahí, es esa oficina quien la turnará al juez correspondiente, por el orden en el que haya sido recibida.

En tal sentido, el juez sabe que conocerá de la demanda hasta que le es turnada, conforme al procedimiento previo de presentación ante la oficina de correspondencia común.

Así, cualquier juez federal está expuesto a que, por razón de turno, de la noche a la mañana tenga en sus manos un asunto escabroso, como este que le comento relacionado con las modificaciones a la Ley de la Industria Eléctrica.

En este punto de la columna puede ser que no falten los suspicaces que piensen que este sistema de turno se puede manipular, de tal manera que a cierto juez le corresponda conocer de una demanda para que le sea favorable al promovente.

Pero no es el objetivo de estas líneas comenzar a sospechar al respecto. El sistema cotidiano que se utiliza para que un juez conozca de un amparo es por turno.

Ahora bien, para que el juez involucrado concediera esta suspensión únicamente le fue necesario hacer un análisis preliminar de la demanda, pues así lo ordena la legislación y jurisprudencia aplicables.

Sin embargo, las declaraciones de la secretaria de ninguna manera harían referencia a eso, pues al tratarse de mero mitote es mejor hacerlo en grande de una vez, para ir preparando el terreno en donde ella “litiga”, que no es precisamente el de juzgados y tribunales.

Es cierto: no todos los servidores públicos deben entender a la perfección los tecnicismos del amparo, pero ello no les exime de responsabilidad por lo que de su boca sale.

De tal manera, independientemente del turno que le correspondió y del sustento jurídico del auto que concedió la suspensión, de la noche a la mañana el juez comenzó una especie de metáfora relacionada con la materia de la ley, pues le cayó una especie de “descarga eléctrica” con ese asunto.

Es en esos momentos en que, aun cuando parezca que tiene mucho apoyo, el juez se queda solo. Solo con su decisión.

Además, solo ante un superior jerárquico jurisdiccional (tribunal colegiado) que muy seguramente analizará la queja que interponga el Ejecutivo Federal contra la suspensión, y solo contra su superior jerárquico administrativo (Consejo de la Judicatura Federal), de ser el caso que pretendan atribuirle responsabilidad administrativa por su decisión.

De la noche a la mañana se convirtió en un juez, metafóricamente hablando, al que pretenden electrocutar desde el Gobierno Federal.

* El autor es licenciado en derecho y maestro en transparencia y protección de datos personales. Actualmente ejerce en el Poder Judicial de la Federación. Ha sido Director de Colaboración y Programas Interinstitucionales con las Entidades Federativas en el INAI y Director de Enlace Legislativo en SETEC, entre otros cargos.