La medición de las capacidades y aptitudes de un candidato a ejercer un cargo público a través de exámenes con respuesta de opción múltiple representa al menos dos riesgos.
Uno de ellos es la posibilidad de obtener algunos puntos derivados de respuestas que se eligieron correctamente al azar. Y aunque ese azar puede operar en perjuicio, también puede ser suficiente para hacer la diferencia entre alguien que apruebe y quien no.
El otro riesgo es que deja de lado distintas habilidades de las cuales la persona participante deberá echar mano en el día a día de su función, al centrar la prueba, eminentemente, en la capacidad de memorizar y memorizar grandes cantidades de texto (leyes, reglamentos, criterios, etcétera).
A pesar de ello, es de entenderse la elaboración y aplicación de este tipo de exámenes como una opción menos lesiva, con independencia de los riesgos referidos, ya que cierra en buena medida la posibilidad de evaluar de forma incorrecta o subjetiva algunos reactivos, con la consiguiente impugnación fundada que pudiera resultar en lo subsecuente y que retrasaría el proceso de selección que es de orden público.
En relación con lo anterior, analicé en forma somera el recién publicado examen tipo que se aplicó el pasado tres de julio a quince personas que mostraron su interés en participar para ocupar el cargo de comisionado del ITEI (el examen es posible consultarse dando click aquí.
Para mi sorpresa, sin necesidad de contrastar el examen con la hoja de respuestas y con independencia de que hubo varias personas que aprobaron el examen, me percaté de algunas cuestiones que, en mi opinión, lejos de valorar adecuadamente las aptitudes, capacidades y experiencia de los participantes, poco o nada abonan a determinar su idoneidad para el cargo y, por el contrario, inducen a posibles y perjudiciales errores, como explico a continuación:
- Preguntas de corte anecdótico.– Una de las preguntas tuvo que ver con hechos atribuidos a cierto personaje político en el año 2005. Por más que esos hechos hubiesen tenido relación con un procedimiento derivado del ejercicio del derecho de acceso a la información, me pregunto qué puede decir (objetivamente) sobre las y los participantes el que le hayan dado respuesta correcta a ese cuestionamiento, que sirva para ponderar su capacidad para el
ejercicio de la responsabilidad que implica ser comisionado. - Preguntas sobre opiniones de sedicentes expertos.- Entiendo que las y los candidatos hayan contado, al día de presentación del examen, con un buen caudal de lo que podría denominarse “cultura general” en materia de acceso a la información y protección de datos personales; sin embargo, no creo conveniente que se les exija contestar determinado cuestionamiento de acuerdo al contenido de algún manuscrito como un artículo de opinión porque, en todo caso, son sólo eso: una opinión. Encontré cuatro preguntas de esa naturaleza.
- Exceso de cuestionamientos en materia de archivos.- Si bien es cierto que el ITEI es un sujeto obligado en materia de archivos y participa en el Consejo Estatal del Sistema Estatal de Archivos, el haber formulado seis preguntas (más del 10%) relacionadas con esa temática parece excesivo, pues no debe olvidarse que la gran responsabilidad del organismo y, por ende, de sus comisionados, es el ser garantes de los derechos de acceso a la información y protección
de datos personales. La propia convocatoria dice que esos son los dos conocimientos que serán objeto de medición.
En sentido contrario, no advertí cuestionamientos que se hayan encontrado dirigidos a profundizar, por ejemplo, en las habilidades interpretativas de las y los concursantes, desde luego, con el correspondiente soporte para tener una respuesta objetiva. Basta decir que la interpretación de la norma como herramienta es básica en un servidor público que se dedica a ser garante de un derecho humano.
Otro rubro que no visualicé en el examen fue el papel de los comisionados en el Sistema Nacional de Transparencia.
Aun cuando una de las preguntas se refirió a la finalidad de dicho sistema, los comisionados estatales pueden participar de diversas formas en él a través de las distintas instancias que lo componen y esa es una dimensión que, además, ayuda a valorar si el participante cuenta con un involucramiento en el tema más allá de lo local.
En otro aspecto, no me quedó muy claro el esquema que se puso en marcha para convocar a quienes se denominó “RELACIÓN DE ESPECIALISTAS 2020”, y me parece que desde la convocatoria de la legislatura se propició la elección de personajes en la elaboración del examen respectivo, pues basó su designación en que, entre otros atributos, fuesen “reconocidos”.
En ese sentido, me surgen al menos las siguientes preguntas: ¿Cómo se decide si son o no reconocidos? ¿Existió realmente una metodología para determinar el dilatado temario que se utilizó como referencia y las preguntas que finalmente resultaron aplicables?
Independientemente de ello y asumiendo que se haya tratado de personas que dominan las materias de acceso a la información y protección de datos personales, lo ideal hubiese sido que el panel de especialistas convocado se esforzara más para formular cuestionamientos que profundizaran en muchas otras aptitudes que deberá poner en práctica quien ocupe el cargo de comisionado en semanas siguientes.
No me refiero necesariamente a hacer un examen “complicado” de contestar, pues la sola extensión del temario que se puso a disposición hace complicada la faena de prepararse para cualquier persona.
Lo que sí me parece es que existen muchos rubros bastante interesantes a través de los que se puede evaluar a quien aspire a integrar el ITEI, incluso, recortando bastante el caudal de material a estudiar.
Finalmente, creo que los comisionados no tienen que saberlo todo de memoria y, además, cuentan con un equipo de trabajo que les apoya cuyo valor y aporte es, en muchas ocasiones, al que menor publicidad institucional se le da.
* El autor es licenciado en derecho y maestro en transparencia y protección de datos
personales. Actualmente se desempeña en el Poder Judicial de la Federación. Ha sido
Director de Colaboración y Programas Interinstitucionales con las Entidades
Federativas en el INAI y Director de Enlace Legislativo en SETEC, entre otros cargos.