- La propuesta firmada por la presidenta Claudia Sheinbaum unifica los criterios del delito a nivel nacional, castiga la tentativa y endurece los castigos ante agravantes como ataques con ácido o agresiones contra menores y periodistas.
Con el objetivo de unificar la justicia y eliminar las disparidades legales entre las entidades federativas, la consejera Jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, presentó formalmente la iniciativa de ley para homologar el delito de feminicidio en todo el territorio mexicano.

El proyecto, firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, busca establecer un marco jurídico único y riguroso. La iniciativa será enviada al Congreso de la Unión para su análisis, discusión y eventual aprobación durante el próximo periodo ordinario de sesiones.
“Asumí la responsabilidad de proteger a las mujeres contra la violencia y por eso lo primero que hicimos fue llevar a la Constitución los derechos de las mujeres”, afirmó la mandataria federal al respaldar la propuesta.
Las 10 razones de género para acreditar el delito
La iniciativa define de manera clara el tipo penal a nivel nacional: “Comete el delito de feminicidio la persona que prive de la vida a una mujer por razones de género”. Para evitar lagunas legales que dejen impunes estos crímenes, el documento técnico plantea 10 razones de género específicas para acreditar el delito, entre las que destacan:
- Violencia sexual: Existencia de signos de violencia sexual de cualquier tipo previa o posterior a la privación de la vida.
- Estereotipos: Que el delito haya sido motivado por prejuicios o estereotipos de género.
- Antecedentes: Existencia de historial o antecedentes de violencia familiar, laboral o escolar por parte del agresor.
- Asimetría de poder: Relaciones de subordinación o contextos de extrema vulnerabilidad y desigualdad de poder entre la víctima y el victimario.
Severidad penal: Castigo a la tentativa y hasta 70 años de cárcel
La reforma propone un castigo severo para los agresores, estableciendo una pena base de 50 a 70 años de prisión para quien cometa feminicidio consumado.
Una de las adiciones más importantes de la reforma es la regulación de la tentativa de feminicidio. Bajo este nuevo esquema, cuando el delito no logre consumarse por causas ajenas al agresor, se sancionará con una pena de prisión de entre la mitad y las dos terceras partes de la condena total establecida.
Agravantes que incrementarán las condenas en un 50%
Para asegurar que los casos más crueles o que involucren abuso de poder reciban castigos ejemplares, la iniciativa contempla al menos 19 agravantes que permitirán aumentar la pena corporal en una mitad más. Algunas de las circunstancias agravantes más severas contempladas son:
- Vulnerabilidad de la víctima: Que la afectada sea una niña, adolescente, adulta mayor o se encuentre en estado de embarazo.
- Abuso de funciones: Que el crimen sea cometido por una persona servidora pública.
- Sujetos de protección especial: Que la víctima sea periodista, defensora de los derechos humanos o se encuentre en condición de migrante.
- Crueldad extrema: Que el cuerpo de la víctima presente signos de violencias extremas, tales como lesiones o quemaduras provocadas por ataques con ácido o sustancias corrosivas.
Con esta homologación, el Gobierno de México pretende erradicar la disparidad de criterios que actualmente existe entre los códigos penales de los estados, garantizando que cualquier agresión mortal contra las mujeres sea juzgada bajo los mismos estándares de máxima severidad en todo el país.

















